Dictamen N° 35514/2013
N° 35.514 Fecha : 06-VI-2013 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 459, de 2013, de la Dirección de Vialidad, que aprueba convenio ad-referéndum relativo a la ejecución de la asesoría a la inspección fiscal para la ejecución del proyecto “Reposición Ruta 126 Los Conquistadores, Sector Puente Belco – Cruce Ruta 128, Tramo Km. 41,26727 – Km. 59,89280, Provincia de Cauquenes, Región del Maule”, atendidas las siguientes observaciones: En el convenio no se especifican debidamente las razones que motivan las variaciones de que da cuenta el “Cronograma de Modificaciones” contenido en su primer punto, no obstante lo señalado a ese servicio sobre el particular mediante oficios N os 71.869, de 2010, 14.580 y 76.518, ambos de 2011, entre otros, de esta Entidad de Fiscalización. Sin perjuicio de lo anterior, el documento denominado “Justificación de Reprogramación de la Consultoría”, de 22 de marzo del año en curso, del inspector fiscal, que se acompaña, tampoco da cabal cuenta de las variaciones antes aludidas ni de su justificación, entre ellos, la incorporación de un alarife y de un laboratorista vial clase B. Por otra parte, no resultan suficientes las razones que se indican, en el punto 2 del convenio, para justificar el reemplazo del geomensor contratado inicialmente, por un topógrafo en terreno no contemplado en las bases de licitación, atendido que al convocar a la licitación respectiva y formular los requerimientos, en cantidad y calidad, del personal con que debía contar el consultor para el adecuado desarrollo de sus funciones, el servicio debió tener presente la naturaleza y la envergadura de los trabajos a contratar que dicen relación con dichas labores (aplica criterio contenido en el dictamen N° 43.347, de 2009). Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación