Dictamen N° 35649/2016
N° 35.649 Fecha: 13-V-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Mónica del Carmen Rojas Cuadra, reclamando por la supuesta arbitrariedad con que fueron rechazadas las licencias médicas que indica. Al respecto, es útil advertir que de acuerdo con lo previsto en el artículo 2° de la ley N° 16.395, modificada por la ley N° 20.691, y a lo señalado por el dictamen N° 21.444, de 2016, de este origen, es la Superintendencia de Seguridad Social la autoridad técnica de control de las instituciones de previsión, de tal forma que, hallándose las licencias médicas insertas en el campo de la seguridad social, las entidades de salud como las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez, están sujetas a las instrucciones y decisiones que aquella adopte en uso de sus atribuciones, sin que le corresponda a este Organismo Fiscalizador intervenir en esa materia. En consecuencia, este Órgano de Control se abstiene de emitir el pronunciamiento requerido, y cumple con remitir la presentación de la señora Rojas Cuadra a la anotada superintendencia para los fines que estime pertinentes. Transcríbase a la interesada. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República