Dictamen N° 35816/2016
N° 35.816 Fecha: 16-V-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor John Nelson Barra Inostroza, solicitando la reconsideración del dictamen N° 92.170, de 2015, de este origen, ya que, en atención a la normativa y jurisprudencia que expone, debe establecerse que la renuncia al cargo de Jefe de División que sirvió hasta el 10 de marzo de 2014, tuvo el carácter de no voluntaria, por lo que corresponde que el Instituto de Previsión Social le conceda la jubilación por la causal expiración obligada de funciones del artículo 12 del decreto ley N° 2.448, de 1978. Como cuestión previa, es útil recordar que el aludido pronunciamiento determinó que el recurrente no cumple con los requisitos para acceder a dicha prestación, pues mediante la resolución N° 517, de 2014, de la Subsecretaría del Interior, tomada razón el 26 de marzo de esa anualidad, se aceptó su renuncia voluntaria al indicado empleo, sin que se haya emitido otro acto administrativo que modifique la naturaleza de tal dimisión. Sobre el particular, cabe anotar que en virtud del artículo 53, inciso primero, de la ley N° 19.880, corresponde a la autoridad administrativa, de oficio o a petición de parte, invalidar los actos contrarios a derecho, previa audiencia del interesado, dentro de los dos años contados desde su notificación o publicación. En este sentido, y dado que lo que pretende en definitiva, el recurrente, es impugnar el acto administrativo de aceptación de su renuncia, por estimar que no se ajustó a la preceptiva que invoca, debe dirigirse a la autoridad de la cual emanó, no procediendo que esta Contraloría General, a través de un pronunciamiento jurídico, fije un sentido distinto de aquel que consignó la Administración activa al emitirlo. Siendo ello así, y considerando que la jubilación que solicita el señor Barra Inostroza se fundamenta, entre otras causales, en la renuncia no voluntaria del servidor que la impetra, exigencia que no se cumple en la especie, se ratifica el aludido oficio N° 92.170, de 2015. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República