Dictamen N° 36280/2009
N° 36.280 Fecha: 8-VII-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Presidente de la Confederación Nacional de Funcionarios Municipales de Chile, en representación de don Víctor Mora Astroza, ex funcionario de la Municipalidad de Villarrica, solicitando la reconsideración del dictamen N° 34.177, de 2008, mediante el cual este Organismo de Control se abstuvo de emitir un pronunciamiento respecto de la situación planteada, por cuanto el afectado había interpuesto sobre la misma materia un recurso de protección, el que se encontraba, a esa fecha, en tramitación. Ahora bien, dado que según los antecedentes recabados por esta Entidad de Fiscalización, se ha podido establecer que la acción judicial fue rechazada en primera instancia y que la Excma. Corte Suprema confirmó la sentencia apelada, no cabe sino desestimar la petición de reconsideración del dictamen N° 34.177, de 2008, ya que por disposición del inciso tercero del artículo 6° de la ley N° 10.336, sobre Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, este Organismo de Control no puede intervenir ni informar en asuntos que hayan sido sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia. En este sentido, corresponde destacar que la jurisprudencia administrativa, contenida, entre otros, en los dictámenes N°s 18.507, 20.097 y 46.661, todos de 2007, ha expresado que la razón de ser de esta disposición es evitar que esta Contraloría General dictamine acerca de materias entregadas al conocimiento del Poder Judicial, a fin de garantizar que no se interfiera en el ejercicio de las atribuciones que le competen a ese Poder del Estado, principio que es válido tanto tratándose de juicios que se encuentran pendientes, como de aquéllos en que se haya dictado sentencia que resuelva la controversia planteada. En consecuencia, en mérito de lo expuesto, por mandato de lo dispuesto en el artículo 6° de la ley N° 10.336, esta Contraloría General debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado.