Dictamen N° 36437/2016
N° 36.437 Fecha: 17-V-2016 Mediante su dictamen N° 6.329, de 2016, y con motivo de una reclamación formulada por el señor Cristhian López Escalante, en representación de Sociedad Constructora Trabún Limitada, relativa al contrato “Plaza de Juegos Central y Construcción Paseo Peatonal, Barrio Las Dunas, comuna de Lo Espejo, Región Metropolitana” -adjudicado a dicha firma mediante la resolución exenta N° 7.127, de 2011, del Servicio de Vivienda y Urbanización Metropolitano (SERVIU)-, esta Contraloría General señaló, por las razones que en el mismo se consignan, que esa repartición debía adoptar las medidas tendientes a liquidar el aludido acuerdo de voluntades y a restituir la garantía fiel cumplimiento. En esta oportunidad, y en relación con lo anterior, la individualizada empresa contratista reclama que el SERVIU no ha procedido a la liquidación del contrato ni ha dispuesto la restitución de los montos de la referida caución según lo ordenado en el reseñado dictamen. Por su parte, el singularizado servicio informa, en lo sustancial, que “a fin de dar cumplimiento a lo dictaminado por el Organismo Contralor, SERVIU Metropolitano, procederá a la brevedad a aprobar la liquidación contable del mencionado contrato, y a restituir a Empresa Trabun Ltda., los montos por concepto de garantía de buen comportamiento”. Ahora bien, considerando que lo indicado por esa repartición no permite dar por cumplido lo instruido en el citado pronunciamiento, corresponde reiterar que los dictámenes emitidos por este organismo de control son obligatorios y vinculantes para los servicios sometidos a su fiscalización y que su inobservancia significa la infracción de los deberes funcionarios de los servidores involucrados, comprometiendo su responsabilidad administrativa. En mérito de lo expuesto, corresponde que el SERVIU arbitre, a la brevedad, las medidas tendientes a acatar dicho pronunciamiento, de lo que deberá dar cuenta a la Unidad de Seguimiento de la División de Infraestructura y Regulación de esta entidad de control dentro del plazo de 5 días contado desde la fecha de recepción del presente oficio. Transcríbase al interesado y la Unidad de Seguimiento de la División de Infraestructura y Regulación de esta Contraloría General. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República