Dictamen N° 36792/2009
N° 36.792 Fecha: 09-VII-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Marina Soraya Gómez Barría, funcionaria de la Tesorería Regional de Magallanes y Antártica Chilena, para reclamar contra el proceso de selección convocado con el objeto de proveer el empleo de Jefe de Administración y Finanzas de dicho organismo, ya que, a su juicio, no se habría ajustado a derecho. Requerida de informe, la Tesorera General de la República, manifestó, en síntesis, que una vez analizados los antecedentes relativos a la presentación de la interesada, y existiendo constancia de anomalías en las etapas y criterios de evaluación predefinidos, se ha procedido a dejar sin efecto el aludido proceso de selección, efectuándose una nueva convocatoria para la primera semana de diciembre de 2009. Sobre el particular, cabe señalar que el proceso de selección impugnado, convocado por la Dirección de Personal del mencionado Servicio, tenía por objeto proveer el cargo de Jefe de Administración y Finanzas, en calidad de contrata o suplencia en caso de disponibilidad, estableciéndose vía correo electrónico las etapas a seguir, así como los requisitos y perfiles de competencia exigidos. Enseguida, corresponde señalar que atendido que la ley N° 18.834 no contiene reglas expresas sobre desarrollo de concursos o procesos de selección para proveer empleos a contrata, compete a la autoridad administrativa, acorde con el principio de libertad de ésta, determinar las pautas, condiciones, y requisitos de los postulantes, que delimitan dichos procedimientos, sin desmedro de observar las normas generales que contemplan los artículos 17 y siguientes de la citada ley. Acorde con lo anterior, la autoridad ha actuado dentro de sus prerrogativas al convocar a un nuevo proceso, luego de advertir que, efectivamente, el contenido del correo electrónico que informó sobre el proceso de selección contemplaba que la evaluación psicolaboral se realizaría por expertos externos, y no por el psicólogo de la institución, como se hizo. Sobre la base de las consideraciones expuestas, y considerando que el proceso de selección en comento ha sido dejado sin efecto, este Ente Contralor se abstiene de emitir un pronunciamiento sobre las alegaciones planteadas en el reclamo de la peticionaria. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República