Dictamen N° 36926/2010
N° 36.926 Fecha: 06-VII-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Jorge Hernán Pavez Ortiz, perteneciente a la agrupación de ex funcionarios de la Junta de Adelanto de Arica, solicitando la reconsideración del dictamen Nº 15.028, de 2009, de este origen, porque, a su juicio, la naturaleza jurídica de dicha entidad, era de empresa autónoma del Estado y no de servicio público descentralizado, argumento que ha sido objeto de la presentación del ocurrente. Sobre la materia, cabe reiterar que en relación a la mencionada institución en la que prestó servicios el peticionario, este Órgano de Control, a través del dictamen N° 64.894, de 1959, resolvió que del contexto de la ley N° 13.039 que crea la Junta de Adelanto de Arica se concluye, categóricamente, que se trata, -como ya se indicó en su oportunidad-, de un servicio público de carácter descentralizado, por cuanto concurren todos los requisitos esenciales de aquéllos, enunciados detalladamente en el aludido dictamen. En consecuencia, atendido que la cuestión planteada ya ha sido estudiada por este Organismo Fiscalizador y que de los documentos adjuntos no se desprende ningún elemento nuevo que permita modificar la aludida decisión, no cabe sino ratificar el dictamen Nº 15.028, de 2009, reiterando que, atendida la naturaleza que reviste la mencionada entidad, esto es, de servicio público descentralizado, sus servidores no cumplen con los requisitos dispuestos en el artículo 1° de la ley N° 20.134, para obtener el beneficio de carácter extraordinario que dicha preceptiva contempla. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República