Dictamen N° 37098/2011
N° 37.098 Fecha: 10-VI-2011 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución Nº 321, de 2011, de la Intendencia de la Región Metropolitana de Santiago, mediante la cual se dispone la expulsión del extranjero que indica, por cuanto se ajusta a derecho. Sin perjuicio de lo anterior, cumple con hacer presente que la causal de expulsión de la persona a que ese documento se refiere, es la infracción al Convenio de Tránsito de Personas en la Zona Fronteriza Chileno-Peruana de Arica Tacna, aprobado por el decreto Nº 174, de 1931, en virtud de lo dispuesto en los artículos 84 del decreto ley N° 1.094, de 1975, Ley de Extranjería, y 1° letra a) del decreto N° 818, de 1983, del Ministerio del Interior, tal como lo ha determinado esta Entidad de Control en el dictamen N° 66.760, de 2010. En este contexto, cabe precisar que entre los casos en que la aludida Ley de Extranjería contempla la aplicación de multas o el control de la autoridad, no se encuentra la contravención del referido instrumento internacional, ni tampoco aparecen dicha sanción y medida establecidas en esa normativa, por lo que no pueden ser consideradas en la especie. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante