Dictamen N° 37681/2014
N° 37.681 Fecha: 29-V-2014 Se dirigió a esta Contraloría General doña María Angélica Avendaño de la Fuente, para solicitar la devolución del bono de reconocimiento desde la Administradora de Fondos de Pensiones Planvital S.A. al Instituto de Previsión Social, a fin de que se le concedan los beneficios de la ley N° 19.234. Al efecto, este Organismo de Control requirió de informe al mencionado instituto, a la Superintendencia de Pensiones y a la Oficina de Exonerados Políticos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, entidades que lo evacuaron y cuyas copias se acompañan para conocimiento de la interesada. Como cuestión previa, cabe consignar que no consta en los antecedentes tenidos a la vista que a la peticionaria se le haya reconocido su cese por motivos políticos. Sobre el particular, es dable anotar que mediante el dictamen N° 20.088, de 2011, esta Entidad Fiscalizadora concluyó que si el bono de reconocimiento se encuentra comprometido en alguna modalidad de jubilación prevista en el decreto ley N° 3.500, de 1980, o ha sido cedido a una compañía de seguros, al exonerado no le corresponde obtener una pensión no contributiva, por cuanto el período impositivo que representa se entiende consumido en la prestación otorgada en el sistema de capitalización individual. Ahora bien, dado que de lo informado por la aludida superintendencia se desprende que el bono de reconocimiento de que se trata fue liquidado en el año 2007, encontrándose comprometido en la prestación de la que es titular la recurrente en el régimen del indicado decreto ley, no resulta procedente que dicho documento sea devuelto en los términos requeridos. Transcríbase al Instituto de Previsión Social, a la Superintendencia de Pensiones y a la Oficina de Exonerados Políticos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, haciendo la devolución a esta última del expediente acompañado. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República