Dictamen N° 37727/2009
N° 37.727 Fecha: 14-VII-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Patricio José Alvear Kutz, ex funcionario de la Dirección General del Crédito Prendario, para solicitar un pronunciamiento acerca de la legalidad de la asunción de su empleo, con posterioridad a la resolución que lo designó, así como del eventual descuento de las remuneraciones asociadas al nombramiento efectuado en su oportunidad. Requerida de informe, la aludida Dirección manifestó, en síntesis, que el interesado fue contratado como Técnico Contador, asimilado al grado 15 de la E.U.S.; mediante su resolución N° 55, de 2008, documento que fue tomado razón con fecha 20 de enero de 2009, asumiendo sus funciones a partir del 1 de agosto de 2008, como lo comprueba la liquidación de sueldos acompañada. Sobre el particular, cabe señalar que, de los antecedentes tenidos a la vista, consta que a través de la mencionada resolución N° 55, en lo que interesa, se puso término a la contratación del recurrente como Técnico Contador, asimilado al grado 11 de la E.U.S., a contar del 1 de agosto de 2008, contratándolo, desde igual fecha y hasta el 31 de diciembre de ese año, para desempeñar la anotada plaza, pero asimilado al grado 15 de la E.U.S., asumiendo sus funciones y aceptando expresamente la designación desde la primera data anotada, por razones impostergables de buen servicio. Precisado lo anterior, debe recordarse que el inciso primero del artículo 16 de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, preceptúa que el nombramiento regirá desde la fecha indicada en el respectivo decreto o resolución o desde cuando éste quede totalmente tramitado por la Contraloría General de la República, estableciendo; su inciso segundo, que si el decreto o resolución ordenare la asunción de funciones en una fecha anterior a la de su total tramitación, el interesado deberá hacerlo en la oportunidad que aquél señale. Por tanto, se concluye que la actuación del servicio se encuentra ajustada a derecho, debido a que el documento por el cual el peticionario fue designado a contrata, por orden expresa de la autoridad, surtió efectos desde la fecha en él referida. Luego, en cuanto al supuesto descuento ilegal de remuneraciones realizado con anterioridad a la notificación de la aceptación del cargo, ocurrida el 11 de septiembre de 2008, es útil expresar que el monto de éstas corresponde, desde el mes de agosto de 2008, al pago del grado por el que fue contratado el señor Alvear Kutz, esto es, 15 de la E.U.S., acto cuya legalidad, habida cuenta de los argumentos esgrimidos y de los antecedentes tenidos a la vista, no puede ser objeto de reproche alguno. En consecuencia, procede desestimar la petición del interesado, toda vez que las actuaciones impugnadas a la Dirección informante se encuentran ajustadas a derecho. Ramiro Mendoza Zuñiga Contralor General de la República