Dictamen N° 77168/2013
N° 77.168 Fecha: 25-XI-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Carolina García Soto, profesional funcionaria del Servicio de Salud Metropolitano Oriente, para reclamar por la demora en la asunción de dos cargos en los que fue seleccionada, al término de los concursos que indica. Requerido su informe, el señalado organismo manifestó, en síntesis, que si bien la requirente resultó elegida para ocupar dos plazas de 11 y 22 horas, el certamen correspondiente a la primera de ellas no se encuentra finalizado, ya que fue impugnado por otra postulante ante esta Institución de Fiscalización, mientras que respecto de la segunda, ésta deberá ser asumida por la favorecida, una vez efectuado el trámite de toma de razón de la resolución que así lo ordena. Sobre el particular, en relación al empleo de 11 horas a que alude la interesada, cabe recordar que esta Entidad de Control, mediante su dictamen N° 45.159, de 2013, y por las razones que allí se indican, dispuso retrotraer el concurso a la instancia de resolverse el recurso de apelación interpuesto por una de las participantes, razón por la cual, dado que no se advierte de los antecedentes examinados que tal convocatoria se encuentra afinada, procede concluir que la recurrente carece del derecho a ocupar dicha plaza. Finalmente, en lo relativo a la asunción del cargo de 22 horas que menciona, es pertinente considerar que de acuerdo a lo prescrito en el artículo 16 de la ley N° 18.834 -aplicable en la especie, según lo dispuesto en el artículo 1° de la ley N° 15.076-, el nombramiento regirá desde la fecha indicada en el respectivo decreto o resolución o desde cuando éste quede totalmente tramitado por este Órgano Fiscalizador, lo que debe notificarse al interesado para efectos de la correspondiente asunción del cargo. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que mediante la resolución N° 964, de 2013, de ese servicio, la señora García Soto fue designada en el empleo en comento a partir de la fecha de la toma de razón de ese acto administrativo, la que ocurrió el 24 de junio de 2013, se desprende que sólo desde la data en que ésta fue notificada de ese trámite, le correspondió asumir sus funciones y, por ende, percibir las rentas asociadas al desempeño de esa plaza, tal como aparece del criterio contenido en los dictámenes N° 37.727 y N° 65.121, ambos de 2009, de este origen. Transcríbase al Servicio de Salud Metropolitano Oriente. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante