Dictamen N° 38558/2013
N° 38.558 Fecha:18-VI-2013 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al automóvil fiscal RP-2479, conducido por su funcionario, señor José Luis López Echeverría, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del examen de la documentación adjunta, aparece que el día 21 de diciembre de 2011, ese servidor, en el contexto de un procedimiento policial, se desplazaba en el citado móvil por calle Bezanilla, y al llegar a la intersección con Avenida Independencia, en la comuna de igual nombre, ingresó al cruce de vías sin ceder el derecho preferente de paso a un vehículo particular, a lo que se encontraba obligado por enfrentar luz roja del semáforo, colisionándolo, lo que el Departamento de Investigaciones de Accidentes en el Tránsito, en su oficio N° 215, de 2011, estableció como causa del accidente, efectuándose la respectiva denuncia ante el Juzgado de Policía Local de la comuna de Independencia. Precisado lo anterior, se debe indicar que del estudio del proceso administrativo acompañado, consta que esa institución policial no incurrió en gastos derivados de los daños sufridos por el aludido automóvil, razón por la cual, y en armonía con lo informado en el dictamen N° 71.895, de 2012, de este origen, no resulta procedente que, respecto del señor José Luis López Echeverría, se haga uso de la facultad contenida en el mencionado artículo 62. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República