Dictamen N° 3868/2019
N° 3.868 Fecha: 06-II-2019 La Contraloría General no ha dado curso nuevamente al instrumento del rubro -representado por oficio N° 31.402, de 2018-, que acepta oferta para la ejecución de la obra “Reposición puente La Posada en ruta B-240, sector Crucero-Calama, tramo Dm. 3.000,00 al Dm. 4.140,00, comuna de María Elena, provincia de Tocopilla, región de Antofagasta” -regida por las “Bases administrativas para contratos de obras públicas de construcción y reposición total y reposición parcial de puentes, pasarelas y sus accesos, incluyendo su diseño definitivo", aprobadas por el decreto Nº 258, de 2010, del Ministerio de Obras Públicas-, por cuanto no se han subsanado la totalidad de las observaciones formuladas en el aludido oficio. En efecto, no corresponde que se haya establecido que las obras generadas de la actualización del anteproyecto del año 2002, se incorporarían como modificación de contrato -respuesta a la pregunta N° 20 del proceso licitatorio que se analiza-, ya que ello distorsiona los precios ofertados, por cuanto siendo uno de los objetos del contrato el de llevar a ingeniería de detalle el anteproyecto oficial, los oferentes debieron incluir en el precio, en lo que interesa, tanto la actualización como las obras derivadas de la misma. Por último, esa dirección debe adoptar las medidas que sean necesarias para definir oportunamente los antecedentes que se exigirán en una licitación -como la experiencia solicitada para un determinado cargo y la entrega del formulario de presupuesto con los requerimientos que sean del caso-, lo que no aconteció en la especie, y para que los proyectos de obras públicas que licite cumplan con la normativa sísmica actualizada. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Subjefe de División de Infraestructura y Regulación