Dictamen N° 38850/2013
N° 38.850 Fecha: 19-VI-2013 A través del oficio N° 24.352, de 2013, esta Contraloría General tomó razón de la resolución N° 26, de 2013, de la Dirección de Obras Portuarias, que aprueba el convenio ad referéndum de modificación del contrato “Servicio de Carena para la Draga Ernesto Pinto Lagarrigue, Región de Los Ríos”, pero hizo presente que, en lo sucesivo, las adecuaciones que se efectúen a los contratos que celebre ese servicio deben ajustarse a las bases que rigen la respectiva licitación y, en todo caso, al objeto de la misma, lo que no aparecía con claridad respecto de determinadas labores, por lo que se instruyó a dicha repartición pública para que informara de qué modo los trabajos de seguridad especificados en los dos últimos apartados del punto 4.2 de aquél convenio modificatorio se encuadran en los antecedentes del concurso. Al respecto, la referida Dirección, mediante el documento de la suma, manifiesta que las tareas en cuestión -a saber, trabajos necesarios para la operación de la nave en forma segura en sistema de dragado y navegación, para la seguridad de la vida humana en el mar y seguridad de la nave durante trabajos de carena y durante navegación- se enmarcarían en el punto 1.3, “Condiciones Generales del desarrollo de los Servicios”, de las bases técnicas respectivas, en tanto exige, por un lado, el cumplimiento de toda la normativa chilena y extranjera pertinentes a la nave, y, por otro, que los trabajos sean certificados de acuerdo a la normativa vigente. Sobre el particular, cumple con precisar que si bien el punto 1.3 exige el cumplimiento de la normativa indicada, ello no pudo entenderse como una habilitación general para incorporar, por la vía de modificaciones contractuales, labores distintas a las que fueron objeto del llamado a licitación, toda vez que al tratarse de normativa que se encontraba vigente al momento en que se realizó el llamado, el servicio debió considerarla al definir el objeto del mismo. En consecuencia, ese Servicio deberá tener presente el criterio antes señalado en sus futuras contrataciones. Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación