Dictamen N° 38918/2015
N° 38.918 Fecha: 14-V-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Rolando Salas Villa, exfuncionario de Carabineros de Chile, para solicitar la reliquidación de su pensión de retiro y desahucio, pues, a su juicio, se encontrarían mal determinados. Requerido al efecto, el Departamento de Pensiones del aludido organismo policial, junto con acompañar el expediente respectivo, manifiesta que las prestaciones en cuestión se fijaron de acuerdo con la normativa aplicable a la época en que se otorgaron. Sobre el particular, cabe señalar que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que mediante la resolución N° 1.527, de 1986, del departamento informante, se concedió al interesado una pensión de retiro fijada en base a 30/30avos de las rentas asignadas al grado 11°/9°, incrementada con el 34% de 10 trienios, 25% de asignación de Suboficial Mayor y 29% de bonificación de mando y administración, y un desahucio equivalente a 24 mensualidades de su último sueldo imponible. Precisado lo anterior, es menester indicar que el inciso cuarto del artículo 132 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, preceptúa, en síntesis, que el derecho a impetrar pensión, reajustes, acrecimiento o cualquier beneficio derivado de ellas, prescribirá en diez años. Por otra parte, según lo determinado por esta Entidad de Control, en sus dictámenes N°s 20.616, de 2000 y 45.359, de 2009, en relación al artículo 2.515 del Código Civil, cualquier alegación en cuanto a la referida indemnización de desahucio, que se efectúe luego de transcurridos cinco años desde la desvinculación de la institución, es extemporánea. De esta manera, considerando que los beneficios de que se trata fueron otorgados en el año 1986, y que la presentación que se analiza fue ingresada a este Organismo Contralor el 22 de enero de 2015, es dable anotar que los términos señalados en los párrafos que anteceden se encuentran largamente vencidos, por lo que no procede acceder a la revisión solicitada. Transcríbase al Departamento de Pensiones de Carabineros de Chile, haciéndole devolución del expediente acompañado. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante