Dictamen N° 39508/2010
N° 39.508 Fecha: 15-VII-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Alcalde de la Municipalidad de Peñaflor, solicitando se reconsidere el dictamen N° 28.843, de 31 de mayo de 2010, en atención a que el municipio ingresó en este Organismo Contralor el 1 de junio del mismo año, el informe municipal requerido para los fines de atender la pertinente reclamación. Sobre el particular, cabe manifestar que mediante el citado dictamen -emitido sin el respectivo informe municipal, dado que la municipalidad, no obstante el tiempo transcurrido desde su requerimiento, no lo había evacuado-, esta Entidad Fiscalizadora expresó que, en la medida que el profesional de la educación don Alejandro Alegría Abarca cumpliera los requisitos que el artículo 17 de la ley N° 19.933 exige para percibir la asignación variable de desempeño individual, lo que así acontecería, según se infería de los antecedentes acompañados por el interesado, tenía derecho a que ese estipendio le hubiera sido enterado en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de 2009, calculado sobre la remuneración básica mínima nacional correspondiente a la jornada de trabajo total de 44 horas cronológicas semanales que desempeñó. De este modo, considerando que la situación de la especie ha sido estudiada por esta Contraloría General y dado que en esta oportunidad la entidad edilicia no acompaña nuevos antecedentes de hecho o de derecho que no hayan sido conocidos y ponderados con ocasión de la emisión del mismo, sino que, por el contrario, resultan coincidentes con los tenidos en consideración para la emisión del referido dictamen N° 28.843, de 2010, es necesario confirmar dicho pronunciamiento. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República