Dictamen CGR

Dictamen N° 39529/2010

2010-07-15 · Urbanismo, construcción y vivienda · general · Vigente
Sumario. Informa al Presidente de la Cámara de Diputados sobre la toma de razón del dto 68/2009 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo
Aplicado por
Dictamen N° 60360/2013
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N° 39.529 Fecha: 15-VII-2010 Por oficio N° 237, de 2010, del Segundo Vicepresidente de la Cámara de Diputados y a petición del diputado señor Enrique Accorsi Opazo, se solicita remitir los antecedentes que proporcionó el Ministerio de Vivienda y Urbanismo con motivo del control preventivo de juridicidad del decreto N° 68, de 2009, de esa Secretaría de Estado. Además, se pide indicar los fundamentos tenidos a la vista en la dictación del mencionado acto administrativo, en especial respecto al porcentaje y usos de suelo a que ese decreto alude. Sobre el particular, es del caso puntualizar que el citado decreto fue ingresado a esta Entidad de Control el día 21 de diciembre de 2009 -con el objeto de cumplir con su examen previo de legalidad-, y tomado razón el día 28 del mismo mes y año, en virtud de las atribuciones que a esta Contraloría General le confieren los artículos 98 y 99 de la Constitución Política, y 1 ° y 10 de su Ley Orgánica N° 10.336. Enseguida, frente a la presentación que se atiende, debe anotarse que, tal como lo ha expresado esta Entidad Fiscalizadora, entre otros, en sus oficios N°s. 35.617, de 2006, y 42.973 y 54.351, de 2009, una vez emitido el pronunciamiento de toma de razón de un acto administrativo, este último, junto con sus antecedentes, es remitido a la repartición pública que lo dictó, de manera que, oficialmente, este Órgano de Control no cuenta con dichos antecedentes. Sin perjuicio de ello, cabe precisar que, en la situación por la que se consulta, no se adjuntaron antecedentes complementarios al decreto en comento. Respecto de los fundamentos que tuvo la autoridad administrativa para establecer los porcentajes y usos de suelo a que en el mismo documento se alude, corresponde consignar que ello constituye un aspecto de mérito o conveniencia que no fue objeto de evaluación con motivo del examen de legalidad efectuado, en atención a lo prescrito en el artículo 21 B de la citada ley N° 10.336, según el cual, “La Contraloría General, con motivo del control de legalidad o de las auditorías, no podrá evaluar los aspectos de mérito o de conveniencia de las decisiones políticas o administrativas”. Finalmente, en diverso orden de consideraciones, y atendidos los términos en que se formula la petición de la referencia, resulta pertinente consignar, por una parte, que como lo ha sostenido esta Contraloría General, entre otros, a través de su dictamen N° 33.127, de 2010, la toma de razón de un acto administrativo constituye la manifestación de su conformidad con el ordenamiento jurídico, expresada a través de un timbre y firma en su cuerpo por parte del Contralor General o del funcionario a quien se le haya delegado dicha facultad, y que se realiza cuando, previo estudio de la juridicidad del mismo, se estima ajustado a derecho, de modo que, en este sentido, consiste en un acto trámite que no requiere la explicitación de su fundamentación, a diferencia de lo que acontece cuando se representa el acto, representación que debe expresar su fundamento. Asimismo, y por la otra, que esta Entidad Fiscalizadora presta -particularmente a la Administración del Estado- una colaboración constante en el marco de las funciones que le competen, la que se manifiesta no sólo a través de la emisión de actos formales, como los dictámenes, informes de auditoría y la Cuenta Pública -que de acuerdo con el artículo 143 letra c) de la referida ley N° 10.336, debe contener “una reseña de las principales dudas y dificultades que se hayan suscitado con motivo de la interpretación y aplicación de las normas jurídicas, pudiendo sugerir modificaciones para el mejor y más expedito funcionamiento de la Administración”-, sino también por múltiples otras instancias, como lo son, verbigracia, reuniones de trabajo, exposiciones, y la realización de seminarios y talleres relativos a diversas áreas que interesan a la Administración, el último de los cuales -en la materia a que se alude en la consulta- denominado “Taller de Planificación Urbana”, se efectuó el día 11 de enero del año en curso, con la participación de la señora Ministra de Vivienda y Urbanismo, los Presidentes de la Asociación Chilena de Municipalidades y de la Cámara Chilena de la Construcción, un destacado asesor de organizaciones no gubernamentales, y la asistencia de numerosos secretarios regionales ministeriales de la Cartera indicada, directores de obras municipales y particulares, entre otros. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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