Dictamen N° 40440/2015
N° 40.440 Fecha: 20-V-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Prosecretario de la Cámara de Diputados, a requerimiento de la diputada señora Cristina Girardi Lavín, solicitando se informe del estado de diversas denuncias que indica, efectuadas por la aludida parlamentaria en conjunto con concejales de la Municipalidad de Cerro Navia, respecto de hechos que, dada su gravedad, podrían constituir un notable abandono de deberes por parte del alcalde de dicha comuna. Asimismo, la aludida diputada y los concejales de la Municipalidad de Cerro Navia, doña Judith Rodríguez Lazcano y don Nicolás Camus Lavín, la señora Gloria Arredondo y don Miguel Alejandro Viscarra, han efectuado una presentación de similar tenor. En primer lugar, en cuanto a la denuncia formulada por los recurrentes en orden al uso indebido de los recursos de la subvención escolar preferencial por parte de la municipalidad, es dable indicar que ella fue atendida por esta Entidad de Control, mediante el Informe Final Consolidado N° 9, de 2012, “Sobre programa nacional de auditoría a los recursos que otorga la ley N° 20.248, sobre subvención escolar preferencial”. A continuación, acerca del reclamo relativo a la falta de entero del fondo de retiro de los profesores, es menester señalar que ello fue respondido mediante el Informe de Investigación Especial N° 8, de 2014, “Sobre uso de recursos transferidos a la Corporación Municipal de Cerro Navia para el pago de bonificación que indica”. Enseguida, en lo dice relación con las contrataciones irregulares a honorarios efectuadas en la entidad edilicia, denunciadas en las presentaciones N°s. W000451, de 2012; W000249, W001919, W001916, W001923, W002450, todas de 2014, es del caso manifestar que ellas fueron atendidas por los oficios N°s. 32.942, de 2013; 53.326, 80.654, 81.395, todos de 2014; y, 15.594, de 2015, respectivamente. Por su parte, en lo que concierne al no pago de cotizaciones previsionales por parte de esa entidad edilicia a los trabajadores de la corporación municipal, cumple indicar que no ha sido posible encontrar los oficios individualizados por los peticionarios en ese sentido. En lo que atañe a la denuncia relativa a las repactaciones efectuadas por la municipalidad con empresas que prestan servicios de aseo en la comuna, es menester señalar que ella fue resuelta por el dictamen N° 29.699, del año en curso. Por último, en cuanto a las otras eventuales irregularidades a que hacen referencia los interesados y que fueran puestas en conocimiento de esta Entidad de Fiscalización a través de las presentaciones N°s. 221.458, 221.459, W000283 y W002903, todas de 2014, cabe expresar que ellas fueron contestadas mediante los pronunciamientos N°s. 76.377, de 2014; 29.699, de 2015; 58.056 y 99.416, ambos de 2014, respectivamente, y tratándose de las denuncias N°s. W000877 y W000633, ambas de 2015, estas fueron respondidas por el Comité del Portal Contraloría y Ciudadano a través de correo electrónico. Ahora bien, respecto al nombramiento irregular del señor Sergio Muñoz Muñoz, cabe expresar que ello fue resuelto mediante el dictamen N° 39.826, de 2014, y el oficio N° 25.166, de 2015, encontrándose actualmente en estudio la reconsideración formulada por el municipio a dichos pronunciamientos, mediante la referencia N° 190.361, del presente año. En este contexto, es menester precisar, que el seguimiento de las observaciones contenidas en el citado Informe de Investigación Especial N° 8, de 2014, sobre la falta de entero del fondo de retiro de profesores, será efectuado durante el año en curso. Asimismo, es dable señalar que los reclamos a que se refieren las presentaciones N°s. W000876, de 2015- contratación y pago de honorarios a las señoras Danae Vera y Paulina Nin de Cardona-; 221.458, de 2014 -falta de medicamentos e insumos en centros de salud administrados por la Corporación Municipal de Cerro Navia-; W000877 y W000633, ambas de 2015 -sobre irregularidades en la ejecución de los programas “Barrio en paz residencial” y “Chile Crece Contigo”, respectivamente-; han sido incorporados a los planes de fiscalización, de este Organismo de Control del presente año. Finalmente, cumple expresar que en atención a la entidad y gravedad de las situaciones denunciadas a que se refieren los recurrentes, los antecedentes han sido puestos en conocimiento de la Unidad de Sumarios de la Fiscalía de esta Contraloría General, a fin de que pondere su incorporación a los procedimientos disciplinarios que actualmente se encuentra sustanciando, o para la instrucción de uno nuevo. Se adjuntan fotocopias del Informe Final Consolidado N° 9, de 2012, del Informe de Investigación Especial N° 8, de 2014; de los oficios N°s. 32.942, de 2013; 53.326, 80.654, 81.395, 76.377, 58.056 y 99.416, todos de 2014; 15.594 y 25.166, todos de 2015; y de los dictámenes N°s. 39.826, de 2014, y 29.699, de 2015. Transcríbase a los interesados, a la Municipalidad de Cerro Navia, al Concejo Municipal y al Director de Control de esa entidad edilicia y a la Unidad de Sumarios de la Fiscalía de esta Contraloría General. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante