Dictamen CGR

Dictamen N° 406/2011

2011-01-05 · Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones · general · Vigente
Sumario. Sobre reclamo de calificaciones

N° 406 Fecha: 05-I-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Sandra del Carmen Carmona Benavides, funcionaria del Hospital El Pino, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Sur, para reclamar en contra de su calificación correspondiente al período 2008-2009, la que le significó quedar evaluada en Lista N° 1, de Distinción, con 69 puntos. Al respecto, la ocurrente solicita la revisión de los argumentos expuestos en el recurso de apelación que adjunta, a través del cual impugnó la disminución de su puntaje en el subfactor “Cumplimiento de Normas e Instrucciones”, el que fuera rechazado por la autoridad respectiva, por considerar injusta dicha rebaja. Agrega la peticionaria que, acogiéndose a la ley N° 20.285, solicitó a la autoridad conocer las razones por las cuales la junta calificadora rebajó sus notas en el ya citado subfactor, ante lo cual la autoridad le habría proporcionado antecedentes que no darían cuenta de tales motivos. Requerido su informe, el Director del citado establecimiento adjuntó los antecedentes respectivos, señalando los fundamentos por los cuales estima que el procedimiento impugnado se ajustó a derecho. Sobre el particular, cumple con hacer presente que la jurisprudencia administrativa contenida, entre otros, en el dictamen N° 12.228, de 2010, ha expresado que la facultad de este Órgano Fiscalizador para revisar este tipo de procedimientos, dice relación con la posible existencia de arbitrariedades o vicios de legalidad que pudieren presentarse en sus diferentes etapas, en contravención a las leyes y reglamentos que rigen la materia, y no sobre el mérito y desempeño de los empleados, como ocurre en el reclamo en análisis, pues ese es un ámbito que compete a las autoridades evaluadoras. Ahora bien, en relación con las alegaciones de la interesada, cabe advertir que el ya referido informe del Servicio, contenido en el Ord. N° 140, de 2010, expresa detalladamente los motivos que incidieron en la baja de la calificación de la solicitante, los que, en síntesis, se refieren a la tardanza de aquélla en informar al Director del Hospital de que se trata, de un probable delito contra una menor en dependencias de la Sala Cuna y Jardín Infantil, hechos acaecidos en el mes de octubre de 2008, siendo del caso hacer presente que, fundada en la ley de transparencia de la función pública y de acceso a la información de la Administración del Estado, contenida en el artículo primero de la citada ley N° 20.285, la recurrente tiene derecho a solicitar copia de dicho documento ante la respectiva superioridad. Acorde con lo expuesto, se rechaza la petición de la señora Carmona Benavides, debiendo entenderse que su calificación, correspondiente al período 2008-2009, esto es, Lista N° 1, de Distinción, con 69 puntos, se encuentra ajustada a derecho. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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