Dictamen N° 40689/2013
N° 40.689 Fecha : 28-VI-2013 Mediante el dictamen N° 51.124, de 2012, esta Contraloría General, con motivo de una presentación efectuada sobre la materia por don Paulo Bezanilla Saavedra, en representación de Besalco S.A., concluyó que la Administración no se encuentra habilitada para compensar los menores rendimientos ni los mayores costos que reclamó el interesado en el marco del contrato “Construcción Embalse Ancoa, Provincia de Linares, VII Región del Maule”, adjudicado a esa empresa mediante la resolución Nº 301, de 2007, de la Dirección General de Obras Públicas. En relación con lo anterior, el singularizado peticionario solicita la reconsideración del citado pronunciamiento, señalando que el pago requerido derivaría de los mayores costos que se habrían ocasionado por las deficiencias del proyecto respectivo, en lo relativo a la calidad de la roca a excavar para ejecutar la obra anexa Túnel de Desvío y sus Portales. Sobre el particular, y teniendo en consideración lo informado, a requerimiento de esta Entidad de Fiscalización, por la Dirección de Obras Hidráulicas, cabe señalar que en esta ocasión el solicitante no aporta elementos de juicio distintos a los ya planteados en su presentación anterior, los que se tuvieron presente y fueron debidamente analizados y ponderados al emitir el dictamen recurrido, por lo que no cabe sino ratificar el criterio contenido en el mismo, en orden a que la autoridad administrativa no se encuentra normativamente habilitada para disponer el pago de la compensación a que alude. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República