Dictamen N° 4108/2019
N° 4.108 Fecha: 07-II-2019 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del epígrafe, que aprueba una modificación al convenio de transferencia suscrito con la Corporación Cultural de la Cámara Chilena de la Construcción, por encontrarse ajustado a derecho. Sin perjuicio de lo anterior, cumple con hacer presente que ese servicio deberá procurar que los actos administrativos que aprueben convenios sujetos al control preventivo de legalidad contengan la transcripción íntegra del respectivo acuerdo de voluntades, de modo de dar cumplimiento a lo dispuesto en tal sentido por el artículo 6°, inciso segundo, de la resolución N° 1600, de 2008, de este Organismo de Control, lo que no sucede con la enumeración de los considerandos utiliza en la cláusula quinta del resuelvo primero del acto en análisis (aplica dictamen N° 35.061, de 2016). Por otra parte, cumple con hacer presente que, en lo sucesivo, ese servicio deberá enviar el certificado de disponibilidad presupuestaria en documento original, para los efectos del trámite de toma de razón ante esta Contraloría General, y no en fotocopia como acontece en la especie (aplica criterio contenido en el dictamen N° 92.874, de 2016, de este origen). Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del instrumento del rubro. Saluda atentamente a Ud. Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República (S)