Dictamen N° 504824/2024
N° E504824 Fecha: 25-VI-2024 Esta Entidad de Control ha dado curso al documento del rubro, que aprueba el convenio de transferencia de recursos a la Policía de Investigaciones de Chile en el marco del Plan Calle sin Violencia, por encontrarse ajustado a derecho. Sin perjuicio de lo anterior, la cláusula primera del acto en análisis, omite en la transcripción el párrafo séptimo del aludido convenio. Del mismo modo, en el numeral 3, letra b), de la cláusula tercera se alude a “cláusulas séptima, octava y novena”, sin embargo, el decreto aprobatorio en la parte pertinente cita las “cláusulas octava, novena y décima”, lo que deberá tener en consideración. A este respecto, cumple con hacer presente que esa entidad deberá procurar que los actos administrativos que aprueben convenios sujetos al control preventivo de legalidad contengan la transcripción íntegra y fiel del respectivo acuerdo de voluntades, de modo de dar cumplimiento a lo dispuesto en tal sentido por el artículo 8°, inciso final de la resolución N° 7, de 2019, de este origen (aplica dictamen N°4.108, de 2019). Con el alcance que antecede, se ha tomado razón del instrumento del epígrafe. Saluda atentamente a Ud. Por orden de la Contralora General de la República (S). MARÍA SOLEDAD FRINDT RADA Jefe de División de Contabilidad y Finanzas Públicas