Dictamen CGR

Dictamen N° 41396/2010

2010-07-26 · Toma de razón y control de legalidad · general · Vigente
Sumario. Se abstiene de tomar razón de la resolución 60/2010 del Parque Metropolitano de Santiago que aprueba liquidación contable del contrato que indica, por estar exenta de dicho trámite

N° 41.396 Fecha: 26-VII-2010 La Contraloría General se ha abstenido de ejercer el control preventivo de juridicidad respecto de la resolución N° 60, de 2010, del Parque Metropolitano de Santiago, a través del cual se aprueba la liquidación contable del contrato de "Reposición y Mejoramiento Matriz Alimentador de Agua de Riego", sancionado por la resolución N° 108, de 2007, de ese Servicio, por cuanto, atendido el monto del contrato que se liquida, dicha resolución se encuentra exenta del trámite de toma de razón, acorde con los puntos 9.4.2, inciso primero, y 9.4.3 del articulo 9° de la resolución N° 1.600, de 2008, de este Organismo de Control. Al respecto, esta Contraloría General cumple con precisar que atendido que el acto que aprobó el primitivo convenio estuvo afecto a toma de razón en virtud de los montos que sobre la materia establecía la resolución N° 520, de 1996, de este Órgano de Control -que fijaba normas sobre exención de dicho trámite-, su liquidación, a contar del 24 de noviembre de 2008 -fecha de entrada en vigencia de la aludida resolución N° 1.600-, sólo estará afecta a control previo de legalidad si ese primitivo contrato también se enmarca dentro de los nuevos montos afectos a toma de razón, fijados en la resolución N° 1.600, y tal como se ha señalado en el dictamen N° 1.210, de 2010. Atendido lo expuesto, se remite adjunto el acto administrativo sin perjuicio de aplicarse a su respecto las normas sobre controles de reemplazo contenidas en el Titulo VI de la aludida resolución N° 1.600. Por orden del Contralor General de la República Juan Carlos Lillo Valenzuela Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación

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