Dictamen CGR

Dictamen N° 41537/2014

2014-06-10 · Municipalidades y administración local y regional · municipal · Vigente
Sumario. Ratifica oficio N° 4.414, de 2013 de la Contraloría Regional de Coquimbo, sobre situación de Jefe de Departamento de Administración de Educación Municipal y advierte sobre duración de la contratación dispuesta para ejercer transitoriamente ese cargo hasta que se afine el certamen respectivo

N° 41.537 Fecha:10-VI-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Ana Rodríguez, solicitando la reconsideración del oficio N° 4.414, de 2013, de la Sede Regional de Control de Coquimbo, en lo relativo a la legalidad del nombramiento del señor Juan Juica Cisternas en calidad de contratado como jefe del departamento de administración de educación de la Municipalidad de Coquimbo, y el cumplimiento de aquel, en cuanto a la restitución de las sumas mal percibidas por dicho profesional de la educación. Por su parte, el aludido municipio, mediante presentación realizada ante esa Contraloría Regional -referencia N° 40.767, de 2014-, señaló, en lo que interesa, que requirió una aclaración del oficio N° 261, de 2014, de la nombrada Entidad Regional de Control -que alude a los emolumentos percibidos por el educador de que se trata-, en relación con la asignación de experiencia del interesado, dado que se habría tomado en consideración como fecha de término de su vínculo laboral en la corporación municipal que indica, una distinta a la establecida en un certificado extendido para tal efecto por dicha entidad. Además, informa sobre el cumplimiento de lo ordenado por esa Oficina Regional. Tal solicitud fue atendida mediante el oficio N° 896, de 2014, de la referida Contraloría Regional, expresando, en síntesis, que si bien hubo un equívoco respecto al período en que el señor Juica Cisternas cesó en la Corporación Municipal Gabriel González Videla, señalándose erradamente el 31 de marzo de 1994 en lugar del 31 de marzo de 1996, ello no tuvo incidencia en la conclusión a que se arribara para determinar que no cumplía los 28 años de servicios necesarios para percibir 14 bienios de asignación de experiencia. Sobre el particular, cabe recordar que el citado oficio N° 4.414, de 2013, indicó, en lo pertinente, que se encontraba ajustada a la normativa vigente la primera designación del referido docente -en reemplazo del titular- como jefe del departamento de administración de educación municipal, no obstante lo cual, este cargo resultaba incompatible con el de director del liceo José María Escrivá de Balaguer, en el que había cesado por el solo ministerio de la ley. Además, precisó que no resultó procedente la percepción por parte de dicho docente de la asignación de experiencia equivalente a 14 bienios, de la remuneración adicional y de la asignación especial de incentivo profesional del año 2013, debiendo procederse a cesar el pago de los dos primeros estipendios indicados, regularizar la situación respecto de la última porque durante la aludida anualidad no tenía como fundamento el mérito y a la restitución de los beneficios mal percibidos, sin perjuicio de que el interesado solicitara a esta Entidad Fiscalizadora, la condonación o el otorgamiento de facilidades para efectuar el reintegro de las mismas, al tenor de lo dispuesto en el artículo 67 de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de esta Contraloría General. Enseguida, a través del oficio N° 261, de 2014, la Contraloría Regional de Coquimbo desestimó, por los motivos que allí se exponen, la solicitud de reconsideración, efectuada por el municipio de Coquimbo, del pronunciamiento N° 4.414, de 2013, respecto de la asignación de experiencia y de la remuneración adicional, pero en lo tocante a la asignación especial de incentivo profesional que también había sido objetada, entendió que el señor Juica Cisternas podía conservarla, atendida la documentación que se acompañó. Precisado lo expuesto, en relación con la reconsideración del oficio N° 4.414, de 2013, sobre la legalidad del nombramiento del señor Juan Juica Cisternas como jefe contratado del departamento de administración de educación municipal, cabe anotar que dado que la situación planteada ya ha sido analizada y resuelta por este Órgano de Control, y que en esta oportunidad la solicitante no acompaña nuevos antecedentes que la respalden -sino que solo enuncia su petición-, no resulta procedente acoger tal presentación. No obstante lo expuesto, atendido que, en la especie, el concurso para proveer el cargo en comento se encuentra en etapa de postulación, se ha estimado pertinente puntualizar que si bien dicho reemplazo solo puede extenderse por el plazo máximo de seis meses, tal como lo señala el inciso final del artículo 34 F del Estatuto Docente, en consideración a las exigencias que impone la continuidad del servicio público, a los principios de eficiencia y eficacia que se deben observar en la gestión del correspondiente organismo, excepcionalmente y puesto que no puede permanecer acéfalo un empleo que implica dirigir el departamento de administración de educación municipal, el señor Juica Cisternas se encuentra habilitado para seguir ejerciendo transitoriamente el cargo que sirve, por el tiempo que reste hasta que se afine el respectivo certamen (aplica criterio contenido en los dictámenes N°s. 18.878, de 2010, y 62.273, de 2013). Por otra parte, acerca del cumplimiento del citado oficio N° 4.414, de 2013, en lo que atañe a la restitución de las sumas mal percibidas por el señor Juica Cisternas, cabe hacer presente que la Contraloría Regional de Coquimbo se pronunció mediante el ya referido oficio N° 896, de 2014, manifestando sobre la base de las consideraciones allí anotadas, que se desestimaba la petición de la Municipalidad de Coquimbo, debiendo aquella proceder a regularizar la situación del señor Juica Cisternas, ordenando el reintegro de las sumas indebidamente percibidas, sin perjuicio de su derecho de acogerse al mencionado artículo 67 de la ley N° 10.336, facultad que aquel ejerció, encontrándose actualmente en tramitación su solicitud de condonación -referencia N° 41.669, de 2014-. Transcríbase a la señora Ana Rodríguez, a la División de Personal de la Administración del Estado de esta Entidad Fiscalizadora, y a la Contraloría Regional de Coquimbo. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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