Dictamen N° 42807/2011
N° 42.807 Fecha: 08-VII-2011 La Contraloría Regional de Arica y Parinacota ha remitido a esta Sede Central, a través del oficio N° 931, de 29 de marzo de 2011, fotocopia del recurso de protección interpuesto por don Sergio Soto Ávila, el día 9 del mismo mes y año, ante la Iltma. Corte de Apelaciones de Arica, Rol N° 64-2011, en contra de la Municipalidad de Camarones, respecto de su destinación ordenada a otro establecimiento educacional, puesto que, con posterioridad a la fecha en que se dedujera la mencionada acción judicial, esta Entidad Fiscalizadora dictaminó sobre la misma materia. En efecto, mediante el dictamen N° 18.066, de 23 de marzo de 2011, este Organismo de Control conoció y se pronunció sobre el asunto de que se trata, al atender una reclamación presentada por el docente individualizado, sin que a la fecha de su emisión, se tuviera conocimiento que aquél había deducido igual pretensión ante los Tribunales de Justicia. En este contexto, teniendo en cuenta lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 6° de la ley N° 10.336, en concordancia con el inciso tercero del artículo 54 de la ley N° 19.880, esta Contraloría General estaba impedida de intervenir en la materia de la especie, toda vez que la misma se encontraba sometida al conocimiento de un órgano jurisdiccional. Por las consideraciones previamente expuestas, se deja sin efecto el referido dictamen N° 18.066, de 2011. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República