Dictamen N° 43292/2017
N° 43.292 Fecha: 11-XII-2017 Esta Entidad de Control ha dado curso al documento del rubro, que aprueba bases de licitación tipo para la suscripción de convenios de suministro de insumos médicos, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que para el caso de licitaciones públicas de insumos asociados a equipos médicos entregados en comodato, dichos equipos se individualizarán en el Anexo N° 7.c, y no como se indica en la parte final de la cláusula primera del modelo de contrato que se adjunta. Por otra parte, que la resolución en estudio -que había sido enviada en forma previa para su examen preventivo de juridicidad y, posteriormente, retirada por ese servicio- ha sido rehecha, sin que de ello se deje constancia en el acto administrativo, lo que deberá ser evitado en lo sucesivo (aplica dictamen N° 31.852, de 2016, de este origen). Finalmente, que las enmiendas que se efectúen a los actos administrativos que son reingresados al control de legalidad de esta Contraloría General, como ocurre en la especie, deben ser salvadas al margen de cada una de ellas mediante timbre y firma de la autoridad o ministro de fe competente, con el objeto de velar por la integridad y autenticidad del acto, y a fin de que exista constancia de que el jefe superior del respectivo Servicio dispuso o tomó conocimiento de las mencionadas enmiendas, lo que se ha omitido efectuar en esta oportunidad (aplica dictamen N° 36.631, de 2014). Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República