Dictamen CGR

Dictamen N° 43558/2015

2015-06-02 · Urbanismo, construcción y vivienda · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre situación de plano de subdivisión que indica

N° 43.558 Fecha: 02-VI-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Paola Marisa Araos Molina, solicitando un pronunciamiento acerca de la negativa de la Municipalidad de Buin de autorizar el plano que indica, el cual fue confeccionado a fin de regularizar el dominio de un inmueble que habría adquirido por compraventa y en atención a un requerimiento del respectivo Conservador de Bienes Raíces, por lo que pide, en definitiva, se ordene la inscripción de ese bien o, en su defecto, se instruya a la aludida entidad edilicia para que complemente el citado instrumento. Sobre el particular y recabado el parecer de la Secretaría Regional Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo, debe hacerse presente, en primer término, que los Conservadores de Bienes Raíces poseen la calidad de auxiliares de la administración de justicia, y que conforme al artículo 539 del Código Orgánico de Tribunales, se encuentran bajo la jurisdicción disciplinaria de la respectiva Corte de Apelaciones, por lo tanto, esta Sede de Fiscalización carece de competencia para disponer que esa autoridad inscriba, a nombre de la ocurrente, el inmueble de que se trata, toda vez que las facultades que le otorga la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General, se refieren a los servicios públicos y funcionarios dependientes o relacionados con el Poder Ejecutivo (aplica criterio contenido en el dictamen N° 24.228, de 2015, de este origen). Enseguida, y sin perjuicio de lo anterior, cabe anotar que el aludido municipio expone que ha realizado diversas gestiones tendientes a aclarar y resolver el problema de la interesada, incluyendo reuniones con el pertinente Conservador de Bienes Raíces, y que en tal virtud se han adoptado las providencias que menciona, con esa finalidad. De esta forma, y en atención a lo informado por la individualizada municipalidad, este Ente de Control entiende que la situación planteada se encuentra en vías de solución, por lo que no resulta del caso emitir un pronunciamiento. Transcríbase a la Secretaría Regional Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo y a la Municipalidad de Buin. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Osvaldo Vargas Zincke Jefe División de Infraestructura y Regulación

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