Dictamen CGR

Dictamen N° 43643/2013

2013-07-09 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre exoneración de responsabilidad civil

N° 43.643 Fecha: 09-VII-2013 Carabineros de Chile ha remitido copia del sumario administrativo instruido con motivo de los daños ocasionados al furgón fiscal Z-2944, conducido por su funcionario, señor Raúl Andrés Navarro Muñoz, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Ahora bien, cabe anotar que de los antecedentes adjuntos, aparece que el día 2 de octubre de 2011, mientras ese servidor, acompañado de otro empleado, efectuaba en el citado furgón un patrullaje preventivo por calle René Schneider, en la comuna de Coquimbo, fiscalizaron a un grupo aproximado de 30 personas que interrumpían el tránsito vehicular y, en el instante en que procedían a la detención de uno de ellos, los restantes individuos, con la finalidad de evitar dicha aprehensión, comenzaron a lanzar objetos contundentes en contra del personal policial, resultando el aludido móvil con un vidrio quebrado. En este sentido, es menester destacar que el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. Precisado lo anterior, se debe indicar que en el documento electrónico N° 4138659, de 2012, de la Subcomisaría Tierras Blancas, agregado al referido procedimiento sumarial, consta que esa institución policial no incurrió en gastos derivados de los deterioros sufridos por el vehículo ya individualizado, razón por la cual, y en armonía con lo informado en el dictamen N° 71.895, de 2012, de este origen, no resulta procedente que, respecto del señor Raúl Andrés Navarro Muñoz, se haga uso de la facultad contenida en el mencionado artículo 62. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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