Dictamen N° 44030/2010
N° 44.030 Fecha: 04-VIII-2010 Don Jaime Imilan Álvarez en nombre de la Constructora Colombo y Cía. Ltda. se refiere al dictamen N° 19.941, de 2010, de la Contraloría General, en el cual, atendiendo una anterior consulta suya, se informó, en primer término, que esta Entidad Fiscalizadora a través del oficio que indica, devolvió sin tramitar el decreto N° 426, de 2005, del Ministerio del Interior, que no hizo lugar al recurso jerárquico presentado por el recurrente en contra de una resolución de la Intendencia Metropolitana de Santiago -la que dispuso desalojar a esa empresa de una obra que ejecutaba-, por estimar este Órgano de Control que esta última autoridad carecía de atribuciones para adoptar tal medida, y que, en consecuencia, existió un pronunciamiento de este Organismo respecto del asunto de fondo en que incidía, atendido lo cual ha resultado irrelevante que la autoridad administrativa emitiera posteriormente -como el peticionario entiende que debiera hacerlo- una respuesta formal a dicho recurso, pues ya se había informado por esta Contraloría General sobre la improcedencia del acto impugnado. Enseguida, precisa el mismo dictamen que, tal como aparece de los antecedentes que en él se indican, el asunto de que reclama el ocurrente relativo a la responsabilidad de los funcionarios que intervinieron en el desalojo, incide directamente en lo investigado y concluido en el sumario administrativo instruido por esta Entidad Fiscalizadora en la Dirección de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas, en la mencionada Intendencia y en el respectivo Gobierno Regional, acerca de la liquidación anticipada del contrato de construcción de la Comisaría de El Bosque, proceso en el cual se determinó que no había mérito para perseguir tal responsabilidad. En esta oportunidad el ocurrente, sin formular peticiones concretas, se limita a transcribir partes del aludido pronunciamiento, y vuelve a plantear, sobre la base de los mismos argumentos, que frente al recurso en comento se debió haber emitido otro decreto supremo con nueva fundamentación u otro instrumento en que se reconociera la ilegalidad cometida, y anuncia que próximamente pedirá la reapertura del sumario. Al respecto, esta Contraloría General solo puede reiterar lo expresado en el dictamen N° 19.941, de 2010. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República