Dictamen CGR

Dictamen N° 44036/2017

2017-12-18 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Corresponde a la Comisión de Sanidad del Ejército pronunciarse sobre eventual invalidez de un exfuncionario de esa entidad castrense

N° 44.036 Fecha: 18-XII-2017 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Juan Nilo Monsalve, exfuncionario del Ejército, para solicitar, nuevamente, el cambio de su causal de retiro por una inutilidad de segunda clase, dado que, en su opinión, la enfermedad que padece la habría adquirido durante el desempeño de sus funciones. Requerida al efecto, esa entidad castrense comunicó, en síntesis, que de acuerdo con lo resuelto por su Comisión de Sanidad, el interesado, al momento de su cese -19 de diciembre de 2012-, no presentaba una enfermedad invalidante, por lo que no es posible acceder a su petición. Sobre el particular, cabe anotar, con arreglo a lo prescrito en el artículo 234, inciso primero, del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, que la facultad de establecer una eventual inutilidad se radica en ese cuerpo colegiado, potestad que, según el criterio contenido en el dictamen N° 85.173, de 2015, de este origen, entre otros, también la puede ejercer cuando un exservidor solicita el cambio de su causal de retiro, para lo cual es necesario acreditar que la invalidez existía a la época de la desvinculación, de modo que a esa data tiene que haber estado en condiciones de invocarla, conforme se reconoció en el dictamen N° 10.538, de 2008, de esta procedencia. En este contexto, es preciso agregar que si bien el artículo 81, inciso penúltimo, de la ley N° 18.948, dispone, en lo pertinente, que los funcionarios que padezcan de una enfermedad invalidante de carácter permanente serán considerados como afectados de inutilidad de segunda clase, para ello es menester que la mencionada comisión haya declarado que la respectiva patología, por corresponder a una de ese tipo, impide el desempeño de las labores y el desarrollo de una vida normal, lo que no ha ocurrido en la situación del individualizado exservidor. Lo anterior, pues en los antecedentes tenidos a la vista, aparece que el aludido cuerpo colegiado, examinó la condición de salud del recurrente y, a través de su informe N° 413, de fecha 11 de septiembre de 2012, determinó que aquel no era portador de una dolencia de la referida característica. En atención a lo expuesto, es procedente concluir que al señor Juan Nilo Monsalve no le asistiría el derecho a modificar su causal de retiro por una inutilidad de segunda clase. No obstante lo señalado, cumple con recordar que esta Entidad Fiscalizadora, mediante su oficio N° 58.469, de 2014, indicó, en base a lo informado por el Ejército, que esa institución castrense se encontraba a la espera de los informes y antecedentes que, por intermedio de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, le fueron solicitados al recurrente, para remitirlos a la Dirección de Sanidad con la finalidad de resolver sobre la modificación que se pretende, sin que del examen de la documentación tenida a la vista en esta oportunidad, se advierta que el interesado haya proporcionado los antecedentes que le fueran requeridos, lo que, por cierto, ha impedido que la referida comisión de sanidad pueda emitir un nuevo pronunciamiento acerca del aludido cambio. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Alejandro Riquelme Montecinos Jefe de Departamento de Previsión Social y Personal

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