Dictamen N° 4448/2019
N° 4.448 Fecha: 12-II-2019 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, mediante la cual se aprueba el contrato suscrito vía trato directo con la empresa Comercial Automotriz S.A., para la prestación del servicio de mantención y reparación de vehículos diseño policial de fábrica, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que atendido el tiempo transcurrido entre la emisión de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y la época en que entrará en vigencia el convenio que se aprueba, determinada en su cláusula primera, el mencionado instrumento no cubre completamente el plazo de duración de dicha convención, más 90 días, según lo exige la cláusula décimo primera del mismo, por lo que esa superioridad deberá velar para que dicha caución sea renovada por el proveedor antes de su vencimiento, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 70 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda (aplica oficio N° 36.325, de 2017). Además, que esta Entidad Fiscalizadora entiende que la vigencia del contrato comenzará a regir a contar de la total tramitación de la resolución en examen y no a partir de la fecha en que se firmó dicho instrumento, como se estipula en la cláusula vigésimo segunda del referido acuerdo de voluntades. Lo anterior es sin perjuicio de que la prestación de los servicios haya podido iniciarse a contar de dicha data (aplica oficios N°s. 21.676, de 2018 y 7.553, de 2017). Por último, resulta necesario consignar que, en lo sucesivo, y de conformidad al artículo 6° de la resolución N° 1.600, de 2008, de este Organismo de Control, ese servicio deberá transcribir en el texto de las resoluciones que aprueben convenios, como ocurre en la especie, la totalidad de su contenido, y no como aconteció respecto del anexo al que se alude en la cláusula primera del mismo, que forma parte del acuerdo que se aprueba (aplica oficios N°s. 34.281, de 2017 y 48.965, de 2015). Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo del rubro. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República