Dictamen N° 36325/2017
N° 36.325 Fecha: 12-X-2017 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que aprueba contrato suscrito vía trato directo con la empresa Editorial Televisa Chile S.A., para el suministro de los productos que indica, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que atendido el tiempo transcurrido entre la emisión de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, a que alude la cláusula décima del mismo, y la época en que entrará en vigencia el convenio que se aprueba, determinada en su cláusula décimosegunda, el mencionado instrumento no cubre completamente el plazo de duración de dicha convención, más 60 días hábiles, según lo exigía el punto 10 de los respectivos términos de referencia, por lo que esa superioridad deberá velar para que dicha caución sea renovada por el proveedor antes de su vencimiento, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 70 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda (aplica dictamen N° 68, de 2017). Cabe consignar que el contrato fue suscrito con fecha 2 de mayo de 2017, y fue al momento de la dictación del acto aprobatorio y su posterior ingreso a esta Entidad Fiscalizadora para el control previo de legalidad, que la boleta respectiva había dejado de cubrir el mencionado período. Con el alcance que antecede, se ha tomado razón del decreto del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República