Dictamen N° 4464/2016
N° 4.464 Fecha: 18-I-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora María Sandoval Neira, funcionaria de la Municipalidad de La Cisterna, requiriendo la revisión del proceso de confección del escalafón correspondiente al período 2014-2015 de ese órgano comunal, por la razón que indica. Sobre el particular, cumple con señalar que de acuerdo al inciso tercero del artículo 50 de la ley N° 18.883, los servidores tendrán derecho a reclamar de su ubicación en el escalafón con arreglo al inciso primero del artículo 156 del referido texto legal, vale decir, dentro del plazo de diez días hábiles, contado desde la fecha en que tal instrumento esté a disposición de los empleados a fin de ser consultado. En relación a lo anterior, se ha estimado pertinente hacer presente que tales reclamaciones, deben referirse a situaciones específicas en que se hubiere producido un vicio de legalidad, no resultando procedente que esta Institución Contralora revise, en forma genérica, el escalafón elaborado por un municipio (aplica criterio contenido en el dictamen N° 5.846, de 2015). En consecuencia, y en mérito de lo expuesto, se desestima la solicitud formulada por la recurrente. Transcríbase a la Municipalidad de La Cisterna. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República