Dictamen CGR

Dictamen N° 44890/2017

2017-12-28 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Cursa con alcances la resolución N° 13, de 2017, de la Tesorería General de la República
Aplicado por
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N° 44.890 Fecha: 28-XII-2017 Este Organismo de Control ha dado curso al acto del epígrafe, mediante el cual se aprueba el contrato suscrito, mediante trato directo, con la empresa Sistemas Oracle de Chile S.A., para la prestación de soporte que indica, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que, tal como se ha indicado en el oficio N° 7.431, de 2017, esta Entidad de Control entiende que estipulaciones como las contempladas en la letra M) del documento denominado “Contrato de Licencia y Servicios” que se acompaña como anexo N° 2, no pueden restringir las facultades propias de la Administración del Estado ni traducirse en renuncias a derechos y acciones que no estén permitidas en el ordenamiento jurídico. Asimismo, cabe manifestar que no procede el término unilateral del convenio a iniciativa del proveedor, como pudiera desprenderse del anexo N° 1 y de la letra I) del referido anexo N° 2, sin perjuicio de que esa superioridad considere su solicitud y se ponga término anticipado al contrato por alguna de las causales contempladas en la ley N° 19.886 y su reglamento (aplica oficio N° 4.524, de 2017). Luego, se hace presente que, de acuerdo a la personería tenida a la vista, la que se individualiza en la cláusula décimo novena del documento en examen, el nombre de la empresa contratante es Sistemas Oracle de Chile S.A., y no el que se indica en epígrafe del acto en estudio, ni en la cláusula primera de dicho convenio. Por último, esa superioridad, en lo sucesivo, deberá velar que en los actos sometidos al control preventivo de juridicidad se incluya en las órdenes de tramitación la fórmula “tómese razón”, omitida en la resolución en examen. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo de la suma. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

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