Dictamen N° 45322/2012
N° 45.322 Fecha: 27-VII-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Patricio Sepúlveda Albornoz, abogado, en representación de los señores Pablo Antonio Flores Peña y John Alvear Gallardo, ex funcionarios de Carabineros de Chile, para solicitar un pronunciamiento respecto de la legalidad del sumario administrativo en el cual se confirmaría la baja por conducta mala, con efectos inmediatos, aplicada a sus mandantes. Requerido su informe, la mencionada repartición ha manifestado, en síntesis, que el referido proceso se encuentra para conocimiento y resolución del General Director. Sobre el particular, es menester indicar que los sumarios administrativos son procedimientos que, en la especie, se encuentran reglados en el decreto N° 118, de 1982, del Ministerio de Defensa Nacional, en cuya tramitación se consultan diversas instancias en las cuales los afectados pueden hacer valer sus planteamientos, las que tienen por finalidad garantizar un debido proceso, sin que a este Organismo de Control le corresponda intervenir durante su tramitación, tal como lo informó en sus dictámenes N os 81.405, de 2011 y 25.451, de 2012, entre otros. Enseguida, se debe anotar, acorde con lo dispuesto en el artículo 7°, punto 7.2.3., de la Resolución N° 1.600, de 2008, de esta Contraloría General, que la aplicación de sanciones expulsivas del personal de Carabineros de Chile es una materia que se encuentra afecta al trámite de toma de razón. Por consiguiente, esta Entidad Fiscalizadora se pronunciará respecto de la legalidad de la medida que pueda afectar a los señores Pablo Flores Peña y John Alvear Gallardo, durante el referido trámite de toma de razón del documento de término y, siempre que en el mismo se les imponga una sanción expulsiva. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República