Dictamen N° 456396/2024
N° E456396 Fecha: 26-II-2024 Esta Contraloría General nuevamente no ha dado curso al instrumento del rubro que, fundado en el artículo 138 del Reglamento para Contratos de Obras Públicas -aprobado por el decreto N° 75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas-, aprueba el pago de indemnización por gastos directos en el contrato “Construcción mejoramiento ruta 201-CH, sector Coñaripe - Pellaifa, tramo DM. 226,348 – DM. 14.998,016, comuna de Panguipulli, provincia de Valdivia, región de Los Ríos”, por cuanto lo manifestado en la minuta de 2 de noviembre, de 2023, suscrita por el Jefe del Departamento de Construcción de la Dirección de Vialidad, y en la minuta Nº 2, de 3 de noviembre, de 2023, de la Jefa del Departamento de Administración y Gestión de Contratos de la misma dirección, no permiten subsanar la totalidad de las observaciones formuladas en los oficios N os E360269 y E405115, ambos de 2023. En efecto, nuevamente no se ha acreditado la concurrencia de los requisitos de la aludida disposición reglamentaria para el pago de la especie. Lo anterior, ya que la minuta se limita a señalar una explicación genérica acerca del “impacto en el programa por la demora de expropiaciones”, citando documentación tenida a la vista en los ingresos previos y aludiendo a las actividades afectadas por el retraso de las entregas de terreno sin detallarlas. Tampoco se acompaña un calendario inicial que permita apreciar si las etapas y fechas efectivas de entrega de lotes -contenidas en la tabla de la mencionada minuta-, adolecen de retraso. Siendo así, junto con una explicación detallada acerca de la determinación de los días de atraso en relación con las partidas pertinentes del programa de trabajo, se requiere que se adjunten los programas de trabajo en formato Project, a fin de evaluar el impacto real que generó el incumplimiento del calendario de entrega de terrenos. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República (S) Juan Carlos Lillo Valenzuela Subjefe de División