Dictamen CGR

Dictamen N° 4587/2016

2016-01-18 · Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. No procede incorporar la asignación de zona en el sueldo en actividad consignado en el artículo 75 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior

N° 4.587 Fecha: 18-I-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Director Nacional de Gendarmería de Chile, para solicitar un pronunciamiento que determine si procede incluir la asignación de zona en el cálculo del sueldo en actividad consignado en el artículo 75 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior. Sobre el particular, cabe señalar que el anotado precepto -aplicable al personal de Gendarmería de Chile en virtud del artículo 1° de la ley N° 19.195-, dispone que el personal con derecho a pensión de retiro que deba abandonar el servicio activo, continuará disfrutando de su sueldo y remuneraciones de actividad durante cuatro meses, período que no se computará para ningún efecto legal. Al respecto, la jurisprudencia de este Organismo Contralor, contenida, entre otros, en los dictámenes N o s. 67.116, de 2010 y 96.410, de 2014, ha concluido que mientras se perciben las remuneraciones a que se refiere el citado artículo 75, no se puede gozar de la asignación de zona, pues esta tiene una naturaleza compensatoria que la hace aplicable exclusivamente al personal en servicio activo. En consecuencia, es dable concluir que no procede incorporar la mencionada asignación en el cálculo del beneficio en análisis. Saluda atentamente a Ud. Por Orden del Contralor General Patricia Arriagada Villouta Subcontralor General

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