Dictamen CGR

Dictamen N° 67116/2010

2010-11-10 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre pago de asignación de zona a funcionario en retiro de Carabineros
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N° 67.116 Fecha: 10-XI-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Juan Rodrigo Gaete Alarcón, ex funcionario de Carabineros de Chile, quien solicita se ordene al mencionado organismo que incluya la asignación de zona dentro de las remuneraciones que tiene derecho a percibir en virtud de lo dispuesto en el artículo 75 del D.F.L. N° 2, de 1968 del Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de esa Institución policial. Requerido su informe, el aludido servicio ha manifestado, en síntesis, que el interesado no puede disfrutar del estipendio que reclama mientras goza del referido beneficio. Sobre el particular, cabe indicar que el citado artículo 75 del D.F.L N° 2, de 1968, dispone que el personal con derecho a pensión de retiro que deba abandonar el servicio, continuará disfrutando de su sueldo y remuneraciones de actividad durante cuatro meses, beneficio destinado a solventar la subsistencia de los interesados, desde el instante que deben cesar en funciones y hasta el momento en que comiencen a percibir realmente su pensión, tal como se informó en los dictámenes N os 54.847, de 2003 y 36.768, de 2009, entre otros, de esta Entidad de Control. Ahora bien, respecto a los estipendios que se perciben en el aludido período, es menester anotar, conforme con lo resuelto en la jurisprudencia administrativa contenida en los dictámenes N os 7.011, de 1997, 22.005, de 2005 y 39.737, de 2008, entre otros, de esta Entidad Fiscalizadora, que durante el mencionado lapso no resulta procedente continuar recibiendo la asignación de zona, pues dicho emolumento tiene una naturaleza compensatoria que lo hace aplicable exclusivamente al personal en servicio activo, cesando el derecho a impetrarla desde que se ha dejado de servir en el organismo policial. Por consiguiente, cabe concluir que el señor Juan Rodrigo Gaete Alarcón no puede seguir percibiendo, por el lapso a que se refiere el artículo 75 del D.F.L. N° 2, de 1968, la asignación de zona. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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