Dictamen N° 465141/2024
N° E465141 Fecha: 20-III-2024 Esta Contraloría General ha dado curso al documento de la suma, mediante el cual se aprueba el Reglamento del Plan Estratégico de Desarrollo Policial y de Gestión Operativa y Administrativa; del Sistema de Supervisión y Evaluación de la Gestión Policial; de la Producción, Publicación y Entrega de Información Institucional y del Sistema de Reclamos de la Ciudadanía de la Policía de Investigaciones de Chile, por encontrarse ajustado a derecho. No obstante, cabe precisar, en relación a las formas de interponer un reclamo reguladas en su artículo 29, inciso primero, que este se podrá efectuar también de manera electrónica, a través de un formulario disponible en el sitio web de la Policía de Investigaciones de Chile, y no como ahí se menciona. Por otro lado, esta Entidad Contralora entiende que la alusión a “registros”, efectuada, entre otros, en los artículos 9, 18, 24, 25, 36, 38, 39 del texto en examen, corresponden a la incorporación de información, a los sistemas a que se refieren, a la generación y publicación de datos, y al sistema de reclamos o de canales de atención ciudadana, sin que ellos impliquen la creación de registros, materia que es propia reserva legal (aplica criterio del dictamen N° 61.817, de 2006). Finalmente, en cuanto al plazo de cinco días hábiles señalado en el artículo 32 inciso final, del texto en examen, esta Contraloría General entiende que este sólo corresponde a la notificación al interesado de haberse remitido los antecedentes al Ministerio Público, y en caso alguno constituye un plazo para efectuar dicha denuncia, toda vez que dicho término está regulado en el Código Procesal Penal. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del decreto del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República (S)