Dictamen N° 47072/2013
N° 47.072 Fecha: 25-VII-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Jaime Núñez Muñoz, funcionario de la Dirección General de Movilización Nacional, para solicitar un pronunciamiento que determine si procede ser destinado, sin su consentimiento, acorde a la normativa vigente. Sobre el particular, corresponde señalar que el peticionario actualmente se desempeña como jefe del Cantón de Reclutamiento de Curicó, que su cónyuge, doña Gladys Valenzuela Leuquén, sirve en el Hospital San Juan de Dios de la misma ciudad, y que se encuentran sometidos al Estatuto Administrativo. Al respecto, cabe expresar que el inciso segundo del artículo 74 de la ley N° 18.834, determina que si dos funcionarios regidos por esta normativa, fueren cónyuges con morada en una misma localidad, uno de ellos no podrá ser destinado a un empleo con residencia distinta, sino mediante su aceptación, a menos que ambos sean enviados a igual lugar. Requerido su informe, la aludida repartición manifiesta que, en una primera instancia, dictó la resolución exenta N° 1.226, de 2013 -en la que se ordenó el traslado del recurrente a la Inspectoría Zona Sur Austral de Valdivia-, sin embargo, al percatarse que en el caso del señor Núñez Muñoz se configuraba lo establecido en la mencionada disposición estatutaria, y al no mediar aprobación de parte del afectado, por resolución exenta N° 1.453, de 2013, dejó sin efecto el antedicho acto administrativo. En consecuencia, esta Entidad de Control entiende que la situación reclamada se encuentra superada, por lo que no resulta del caso emitir un pronunciamiento al respecto. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República