Dictamen N° 48119/2010
N° 48.119 Fecha: 19-VIII-2010 Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General don Rigoberto Catalán Rojas, ex empleado de la Sociedad de Operaciones Agropecuarias S.A., exonerado político, para solicitar la revisión de su pensión no contributiva, por gracia. Sobre el particular, cabe manifestar que a través del oficio N° 41.419, de 2010, cuya copia se remite, esta Entidad Fiscalizadora informó al reclamante que el monto del beneficio no contributivo que le favorece, y que fuera reliquidado por medio de la resolución N° 7.288, de 2006, del Ministerio del Interior, se encuentra correctamente determinado, por cuanto fue calculado acorde con lo ordenado en el dictamen de este origen N° 34.206, de esa última anualidad, en cuya virtud se obtuvo como grado de asimilación, a marzo de 1990, el 1-A de la Escala Única de Sueldos. Precisado lo anterior, es dable puntualizar que, en dicha oportunidad, se hizo presente al peticionario que el plazo de 3 años previsto en el inciso cuarto del artículo 4° de la ley N° 19.260, aplicable en la especie, de que disponía para requerir el examen que pretende, se encontraba vencido. Ahora bien, considerando que en esta ocasión no se hacen valer nuevos elementos de juicio que permitan alterar lo informado en los oficios antes mencionados, esta Contraloría General junto con ratificarlos en todas sus partes, concluye, una vez más que el derecho a la revisión de su pensión se encuentra prescrito. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República