Dictamen N° 48393/2013
N° 48.393 Fecha: 31-VII-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Romina Quezada Pinto, exfuncionaria del Hospital Padre Alberto Hurtado, para solicitar se precise la suma que debe restituir a esa institución por concepto de licencias médicas rechazadas. Requerido de informe, el citado establecimiento indicó los montos adeudados, acompañando la documentación pertinente. Sobre el particular, cabe recordar que mediante el dictamen N° 13.836, de 2012, esta Entidad Fiscalizadora se pronunció acerca de la situación de la interesada, señalando, por las razones que allí se exponen, que los descuentos que ese centro de salud efectuó en sus rentas, motivados por el rechazo de diversos descansos médicos, en forma previa a su solicitud de acogerse a los beneficios previstos en el artículo 67, inciso cuarto, de la ley N° 10.336, se ajustaron a derecho. No obstante, el mismo oficio agregó que las deducciones posteriores realizadas en su remuneración debían serle restituidas -a fin de resolver su petición-, lo que, de los antecedentes tenidos a la vista, así ocurrió. Luego, a través de la resolución exenta N° 3.301, de esa anualidad, este Organismo de Control acogió parcialmente la solicitud de condonación de la recurrente, liberándola de la obligación de reintegrar el 30% de un total de $1.767.118 adeudado al referido centro asistencial con motivo de dos licencias médicas rechazadas. En consecuencia, se advierte que la señora Quezada Pinto debe restituir el saldo de la cantidad antes indicada, que asciende a 32,1787 U.T.M. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante