Dictamen N° 48812/2016
N° 48.812 Fecha: 01-VII-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora María Angélica Jara Cubillos, exfuncionaria de la Municipalidad de Santiago, solicitando un pronunciamiento que determine su derecho a percibir el bono postlaboral que establece la ley N° 20.305 en los términos dispuestos en la ley N° 20.652. Consultada al efecto, la citada entidad edilicia manifestó que cumplió con realizar los trámites necesarios para tramitar la petición entregada por la interesada, cuyo pago fue rechazado por la Tesorería General de la República, la que a su vez señala que la peticionaria no puede acceder a la referida prestación ya que dicho requerimiento no fue presentado conjuntamente con la solicitud de la bonificación a que alude la ley N° 20.652, según lo exige el artículo 9° de ese cuerpo legal. Sobre el particular, se debe anotar que la ley N° 20.652, que otorgó al personal asistente de la educación que indica un bono por retiro voluntario y otro adicional por antigüedad, compatibilizó tales bonificaciones con los plazos previstos en la ley N° 20.305. De ese modo, cabe indicar, en armonía con lo manifestado en el dictamen N° 1.861, de 2016, de esta procedencia, que de conformidad con lo prescrito en el artículo 9° de la ley N° 20.652, los interesados en acceder al beneficio que otorga la ley N° 20.305, de acuerdo a los plazos que fija el primer texto legal, deben postular de manera conjunta a ambas bonificaciones. Ahora bien, de la documentación aportada se desprende que la interesada presentó su postulación para optar a la bonificación de la ley N° 20.652 el 12 de febrero de 2013, y según afirma la recurrente en su misiva, ella solicitó el beneficio contemplado en la ley N° 20.305 el 30 de mayo de 2014, esto es, en una época distinta a la fecha en que requirió la prerrogativa establecida en el primer texto legal, por lo que es menester concluir que no tiene derecho a la prestación que reclama. Transcríbase a la Municipalidad de Santiago y a la Tesorería General de la República. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante