Dictamen N° 48857/2012
N° 48.857 Fecha: 09-VIII-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Mario Becerra Carrasco, ex funcionario de la Policía de Investigaciones de Chile, solicitando el pago, por el lapso que indica, de la asignación policial por desempeño en unidades operativas. Requerido su informe, el aludido organismo ha manifestado, por las razones que señala, que el interesado no tiene derecho a gozar del emolumento que reclama, establecido en el artículo 46, letra n), del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile, aplicable en la especie. Sobre el particular, cabe recordar que si bien a través del dictamen N° 41.967, de 1999, de este origen, se reconoció el derecho de los funcionarios de esa institución policial a gozar del mencionado estipendio, este Órgano de Control, mediante sus oficios N os 19.518, de 2006 y 40.848, de 2008, entre otros, pronunciándose respecto de su pago, expresó que tal materia debía ser regulada por el Reglamento de Gratificaciones, Asignaciones y Sobresueldos que debía dictarse al efecto, por lo que mientras éste no entrase en vigencia, no resultaba posible su otorgamiento. Al respecto, resulta menester destacar que mediante el decreto N° 135, de 2009, del Ministerio de Defensa Nacional, se aprobó el aludido ordenamiento, el cual, sin embargo, no contempló norma alguna respecto del entero del beneficio económico en examen, tratándose de ex funcionarios, tal como se informó en los dictámenes N os 2.527, de 2010 y 654, de 2011, de esta Entidad Fiscalizadora. En consecuencia, cabe concluir que al señor Mario Becerra Carrasco no le asiste el derecho a percibir la asignación policial por desempeño en unidades operativas que pretende. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República