Dictamen N° 49046/2013
N° 49.046 Fecha: 02-VIII-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Armando Villanueva Cifuentes, exfuncionario de Carabineros de Chile, para reclamar en contra de la nota de conducta menos que regular, que se le asignó al momento de su alejamiento voluntario, la cual, en opinión de esa entidad, se ajustaría a la normativa que rige la materia. Sobre el particular, cabe anotar que el artículo 128 del decreto N° 5.193, de 1959, del ex Ministerio del Interior, Reglamento de Selección y Ascensos, dispone, en lo pertinente, que las bajas voluntarias del personal de nombramiento institucional -calidad que tenía el interesado-, consignarán la nota de conducta, que podrá ser buena, regular y menos que regular, lo que constituye un aspecto de mérito que debe ser ponderado por las autoridades de esa institución policial, sin que le corresponda a este Organismo de Control su evaluación, como se precisó en el dictamen N° 49.992, de 2012, de este origen. Enseguida, en cuanto a la falta de notificación de la resolución que aceptó su renuncia y de aquélla que fijó su nota de conducta, es necesario expresar, acorde con lo informado por ese servicio, que tales documentos le fueron remitidos al ocurrente, mediante carta certificada de fecha 9 de agosto de 2012, de modo que la referida diligencia de comunicación, según lo previsto en el artículo 46, inciso segundo, de la ley N° 19.880, se entiende practicada a contar del tercer día siguiente a la recepción de esa misiva en la respectiva oficina de correos, esto es, la del domicilio del señor Villanueva Cifuentes. Finalmente, respecto a su petición de reingreso, resulta útil destacar que el artículo 131, letra c), del mencionado decreto N° 5.193, de 1959, establece que no podrá ser reincorporado quien haya sido licenciado con nota de conducta menos que regular, lo que sucedió en la especie. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante