Dictamen CGR

Dictamen N° 49071/2020

2020-11-04 · Probidad, transparencia e inhabilidades · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Se abstiene, por ahora, de emitir pronunciamiento sobre el procedimiento vinculado con el aporte fiscal consagrado en la ley N° 21.252
Aplicado por
Dictamen N° 53635/2020
Aplica dictamen

Nº E49071 Fecha: 04-XI-2020 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Presidente de la Federación Metropolitana de Funcionarios de la Salud, solicitando un pronunciamiento sobre la actuación del Servicio de Impuestos Internos (SII) en relación con el aporte fiscal previsto en la ley N° 21.252, conocido como “bono clase media”. A juicio del requirente, la anotada repartición se habría excedido en sus atribuciones al exigir la devolución del mencionado aporte, no obstante que la plataforma dispuesta al efecto permitió su pago a los afiliados a la organización que representa, lo que implicaría el ejercicio de atribuciones jurisdiccionales de que no está provisto el SII. En el mismo sentido, ha formulado presentaciones a esta Entidad Fiscalizadora la Asociación Nacional de Funcionarios del SII. Al respecto, corresponde señalar que esta Contraloría General se encuentra desarrollando una auditoría al proceso de entrega del aporte fiscal para la protección de los ingresos de la clase media, solicitado en el mes de agosto del año 2020 en la plataforma dispuesta en la página web del SII, para efectos de verificar la implementación de controles que permitieran asegurar la adecuada tramitación de las solicitudes, así como la existencia de validaciones de los requisitos exigidos por la normativa que lo regula. En ese contexto y requerido al efecto, el SII informó que, por mandato expreso del legislador, la facultad de interpretar los requisitos y conceptos legales de procedencia del “bono clase media” corresponde a ese Servicio, incluyendo la prerrogativa de determinar el cumplimiento de los requisitos que lo hacen procedente. Asimismo, informó que, en el marco de lo dispuesto por el artículo 33 del Código Tributario, mediante Resolución Exenta N° 132 de 2020 instruyó un “procedimiento especial y previo” para aclarar las inconsistencias detectadas en la solicitud del aporte fiscal o para su restitución, para los casos en que se haya obtenido sin cumplir los requisitos legales, procedimiento que se extenderá hasta el 30 de noviembre de esta anualidad. En consecuencia, atendido que se encuentra en curso el referido procedimiento administrativo y, particularmente, que el SII no ha determinado la situación concreta de cada uno de los funcionarios públicos hasta la fecha, no resulta posible emitir un pronunciamiento, por ahora. Lo anterior es sin perjuicio de la posibilidad de efectuar nuevas presentaciones ante esta Entidad de Control para que se revise la interpretación que deberá efectuar el SII, mediante acto administrativo dictado como consecuencia del anotado procedimiento administrativo, determinando el cumplimiento de los requisitos de otorgamiento del bono clase media respecto de funcionarios en particular. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República CAMILO MIROSEVIC VERDUGO Jefe División Jurídica