Dictamen CGR

Dictamen N° 53635/2020

2020-11-20 · Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Informa sobre la percepción del aporte fiscal consagrado en la ley N° 21.252 por funcionarios públicos

N° E53635 Fecha: 20-XI-2020 Mediante una presentación recepcionada en esta Contraloría General con fecha 31 de octubre de 2020, los diputados don Jorge Alessandri Vergara y don Tomás Fuentes Barros solicitan se informe sobre si el aporte fiscal previsto en la ley N° 21.252 -conocido como “bono clase media”- pudo ser obtenido por funcionarios públicos, así como acerca de las medidas adoptadas respecto de los empleados públicos y, particularmente, de los pertenecientes a esta Entidad de Control, que hubieren recibido el mencionado aporte. Sobre el particular, corresponde informar que la materia fue abordada en extenso por el Contralor General, en la presentación realizada ante la Comisión del Trabajo y Seguridad Social de la Cámara de Diputados el 5 de noviembre de esta anualidad. Adicionalmente, mediante el oficio N° E49.071, de 2020, esta Contraloría General de la República se abstuvo de emitir pronunciamiento sobre las reclamaciones de algunas asociaciones de funcionarios en contra del Servicio de Impuestos Internos (SII), atendido lo señalado por esa repartición pública. En efecto, el SII informó que, por mandato expreso del legislador, la facultad de interpretar los requisitos y conceptos legales de procedencia del “bono clase media” corresponde a ese Servicio, incluyendo la prerrogativa de determinar el cumplimiento de los requisitos que lo hacen procedente. Asimismo, agregó que, en el marco de lo dispuesto por el artículo 33 del Código Tributario, mediante Resolución Exenta N° 132, de 2020, instruyó un “procedimiento especial y previo” para aclarar las inconsistencias detectadas en la solicitud del aporte fiscal o para su restitución, para los casos en que se haya obtenido sin cumplir los requisitos legales, procedimiento que se extenderá hasta el 30 de noviembre de esta anualidad. En consecuencia, atendido que se encuentra en curso el referido procedimiento administrativo y, particularmente, que el SII no ha determinado la situación concreta de cada uno de los funcionarios públicos hasta la fecha, esta Contraloría General señaló que no resultaba procedente la adopción de medidas disciplinarias, por ahora. Lo anterior, por cuanto establecer responsabilidades administrativas sin que el SII haya definido la situación particular de cada funcionario implicaría, en los hechos, trasladar a los fiscales administrativos de cada órgano la determinación del cumplimiento de los requisitos para acceder al aporte fiscal, invadiéndose las atribuciones del anotado Servicio, a quien el legislador le otorgó competencia en la materia, sin perjuicio de las facultades de control de esta Contraloría General. Del mismo modo, como se indicó en la aludida Comisión permanente, esta Entidad Fiscalizadora se encuentra desarrollando una auditoría al proceso de entrega del aporte fiscal para la protección de los ingresos de la clase media, solicitado en el mes de agosto del año 2020 en la plataforma dispuesta en la página web del SII, para efectos de verificar la implementación de controles que permitieran asegurar la adecuada tramitación de las solicitudes, así como la existencia de validaciones de los requisitos exigidos por la normativa que lo regula. En suma, como se informó en su oportunidad, la ley N° 21.252 no impidió a los funcionarios públicos acceder al anotado aporte, siendo necesario esperar la finalización del procedimiento que está desarrollando el SII, así como la auditoría en ejecución, para determinar las eventuales responsabilidades administrativas respecto de los funcionarios que obtuvieron el bono clase media sin cumplir con los requisitos legales. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la Repśblica CAMILO MIROSEVIC VERDUGO Jefe División Jurídica

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