Dictamen N° 49080/2010
N° 49.080 Fecha: 24-VIII-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos, para solicitar un pronunciamiento que determine si los diplomas de Antropólogo conferido por la Universidad Austral de Chile y Fotógrafo Profesional con mención en Archivo y Curatoria, otorgado por la Universidad de Arte y Ciencias Sociales ARCIS, revisten el carácter de títulos profesionales habilitantes para percibir el beneficio de asignación profesional. Sobre el particular, es dable manifestar que la letra b) del artículo 54 del D.F.L. N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 20.370, General de Educación, con las normas no derogadas del D.F.L. N° 1, de 2005, del mismo origen, dispone que título profesional es el que se otorga a un egresado de un instituto profesional o de una universidad que ha aprobado un programa de estudios cuyo nivel y contenido le confieren una formación general y científica necesaria para un adecuado desempeño profesional. Ahora bien, de la información tenida a la vista, aparece que la Casa de Estudios Superiores referida en primer término imparte la carrera de Antropología, conducente al grado académico de Licenciado en Antropología y al título profesional de Antropólogo, con una duración de diez semestres. Por su parte, es menester destacar que de los antecedentes acompañados se infiere que el diploma de Fotógrafo Profesional con mención en Archivo y Curatoria, es otorgado por la Universidad de Arte y Ciencias Sociales ARCIS, con el carácter de título profesional, luego de cursar diez semestres de duración y obtener el grado académico de Licenciado en Arte. Enseguida, en cuanto al derecho a gozar de la asignación profesional, cabe hacer presente que de acuerdo con lo previsto en el artículo 3° del decreto ley N° 479, de 1974, aquélla favorece a los funcionarios de las entidades que indica y que, entre otros requisitos, tengan un título profesional otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, con un programa de estudios de un mínimo de 6 semestres académicos y 3.200 horas de clases. En relación con lo anterior, cumple con hacer presente que de acuerdo al criterio contenido en el dictamen N° 26.441, de 2010, de esta Entidad Fiscalizadora, el requisito de 3.200 horas de clases, para los efectos que interesan, es sólo exigible en aquellos casos en que la carrera respectiva tiene el mínimo de 6 semestres, y no respecto de las que poseen una malla curricular que sobrepase ese límite de semestres. Por consiguiente, en mérito de lo expuesto resulta dable colegir que los diplomas de Antropólogo conferido por la Universidad Austral de Chile y Fotógrafo Profesional con mención en Archivo y Curatoria, otorgado por la Universidad de Arte y Ciencias Sociales ARCIS, revisten el carácter de títulos profesionales y habilitan, en los casos en análisis, para percibir la correspondiente asignación, en la medida, por cierto, que se cumplan los demás requisitos legales. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República