Dictamen N° 4915/2011
N° 4.915 Fecha: 26-I-2011 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 262, de 2010, del Instituto Nacional de Deportes, que aprueba el contrato de prestación de servicios, bajo la modalidad de trato directo, celebrado entre el Instituto Nacional de Deportes y el Instituto Nacional de Estadísticas, para la ejecución del proyecto denominado Diagnóstico de las Redes de Establecimientos Deportivos, por cuanto no se ajusta a derecho. Al respecto, cumple con manifestar que en la especie se ha omitido realizar un procedimiento de licitación pública, tal como lo ordena el artículo 6° de la ley N° 20.407, de presupuestos del sector público para el año 2010. En efecto, en virtud de dicha disposición la propuesta pública es obligatoria para el caso de estudios básicos relacionados con iniciativas de inversión, que superen las 500 unidades tributarias mensuales, como ocurre con el convenio en examen, cuyo gasto se imputa al subtítulo 31, ítem 01, del presupuesto del mencionado Instituto Nacional de Deportes. En mérito de lo anteriormente expuesto se representa el acto administrativo. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República