Dictamen N° 49435/2014
N° 49.435 Fecha: 02-VII-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Camila Parra Navarrete, con desempeño en la Subsecretaría de Hacienda, solicitando un pronunciamiento acerca de su derecho a percibir la asignación establecida en el artículo 12 de la ley N° 19.041, considerando que ingresó al servicio el 14 de marzo de 2013 e hizo uso de permiso sin goce de remuneraciones por cuatro días en ese mes. Requerido su informe, la entidad pública manifestó que no pagó la primera cuota del beneficio pecuniario correspondiente a dicha anualidad, dado que no tiene claridad acerca de si la interesada cumple con los requisitos pertinentes. Sobre el particular, cabe señalar que el citado artículo 12 establece, en lo que interesa, a favor de los funcionarios de la Secretaría y Administración General del Ministerio de Hacienda una asignación -cuyo porcentaje es determinado de acuerdo con el procedimiento que contemplan los incisos tercero a séptimo de dicho precepto-, que será pagada en cuatro cuotas, en los meses de abril, junio, septiembre y diciembre de cada año, a quienes se encuentren en funciones a la fecha del pago, sobre la base de las remuneraciones, excluidas las asignaciones de zona, que correspondan al primero, segundo, tercero y cuarto trimestre calendario. Luego, cabe considerar que el porcentaje de la asignación de la especie es fijado cada año por decreto supremo del Ministerio de Hacienda, según dispone el inciso octavo del artículo 12 en análisis, de acuerdo con el procedimiento que contemplan los incisos tercero a séptimo del mismo precepto y que su monto resulta de aplicar tal porcentaje sobre las remuneraciones permanentes, excluidas las asignaciones de zona, de conformidad con lo establecido en los incisos séptimo, noveno y décimo de la misma disposición legal. Así, este Organismo Contralor en los dictámenes N°s 13.189 y 16.915, ambos de 1992 y 18.767, de 1996, entre otros, ha precisado que para el goce del beneficio de la especie los servidores deben reunir los requisitos de mantener vigente su relación estatutaria durante el trimestre respectivo, así como también a la fecha de pago, de modo que quienes no han tenido la calidad de funcionarios en la totalidad del período respectivo, puesto que ingresaron en el transcurso de este les asiste el derecho a percibir la asignación en proporción al tiempo de vigencia del vínculo laboral. Enseguida, es necesario tener presente que el inciso décimo del referido artículo 12 dispone expresamente que "Los montos que los funcionarios perciban por este concepto, no serán considerados remuneraciones para ningún efecto legal...", atendido lo cual, tal como se ha determinado en el aludido dictamen N° 16.915, de 1992, lo que ha sido reiterado por el N° 45.729, de 2009, los períodos sin goce de estipendios no alteran el derecho del servidor de que se trate a la asignación en estudio y, por ende, tampoco inciden en el monto de la misma. En consecuencia, procede concluir que doña Camila Parra Navarrete tiene derecho al pago de la cuota correspondiente al primer trimestre, pagadera en el mes de abril de 2013, de la asignación prevista en el artículo 12 de la ley N° 19.041, en proporción al tiempo de vigencia de su relación estatutaria con la Secretaría y Administración General del Ministerio de Hacienda y, además, que los días en que hizo uso de permiso sin goce de remuneraciones en marzo de ese año, no modifican la suma que por concepto de ese beneficio pecuniario debe percibir. Por lo anterior, y de conformidad con la documentación examinada, la interesada debió recibir las sumas de $227.572 y $1.137.873, por concepto de la primera y segunda cuota del beneficio en comento, lo que debe ser regularizado por esa entidad. Transcríbase a las Divisiones de Personal de la Administración del Estado y Secretaría General, ambas de esta Contraloría General, y a la interesada. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República